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SGI: Política de Alcohol y Drogas del Grupo O2

Estimados colaboradores 

 

Para el Grupo-O2, es una prioridad construir y mantener un entorno de trabajo seguro, saludable y eficiente para todos los colaboradores que forman parte de nuestra organización. En este contexto, queremos reiterar la importancia de nuestra Política de Alcohol y Drogas, la cual no solo está orientada a proteger la salud e integridad de nuestros trabajadores, sino también la de terceros que interactúan con nosotros, asegurando además la continuidad operativa de nuestras actividades.

 

Compromisos:

  • Prevenir el uso de drogas o el abuso de drogas y alcohol en los lugares de trabajo.
  • Realizar capacitaciones que orienten a la prevención del consumo y a los efectos para la salud que produce el consumo de alcohol y drogas ilegales.
  • Aplicar las acciones disciplinarias que corresponda cuando un trabajador viole la presente política de acuerdo con lo establecido en el reglamento interno de orden, higiene y seguridad.
  • Asimismo, para los trabajadores que desarrollan proyectos en el ámbito minero, el Grupo O2 se compromete a cumplir lo estipulado en el artículo N° 40 del Decreto Supremo 132 Reglamento de Seguridad Minera.

 

NOTA: El consumo, distribución y posesión de alcohol y drogas dentro de nuestra organización esta estrictamente prohibido. Cualquier incumplimiento a esta política será evaluado conforme al Reglamento Interno de Orden, Higiene y Seguridad, aplicándose las sanciones correspondientes.

 

INFORMACIÓN: Para trabajadores que prestan servicios en faenas mineras, el cumplimiento del artículo N° 40 del Decreto Supremo 132 (Reglamento de Seguridad Minera) es obligatorio. “Está estrictamente prohibido presentarse en los recintos de una faena minera, bajo la influencia de alcohol o de drogas. Esto será pesquisado por personal competente, mediante un examen obligatorio que se realizará a petición del Supervisor responsable….”

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